
¿Retorno al arbitraje?
Luciana Ghiotto y Fiorella Ricagno
Los sucesos de los últimos meses en Bolivia, Ecuador y Venezuela deben ser leídos como un intento por instalar un modelo de disciplina fiscal, contractual y social. Reflejan la vuelta a la «seguridad jurídica» que exigen los inversores en un contexto de consolidación de la matriz extractivista y cierre definitivo del ciclo de los industrialismos desarrollistas.
De manera casi simultánea, los tres países de América Latina que construyeron marcos jurídicos para salirse del sistema de protección de inversiones —Bolivia, Ecuador y Venezuela— están hoy bajo un proceso sistemático de desmantelamiento de esas conquistas. No es una coincidencia: es la expresión regional de una reconfiguración global que reimpone la ley del mercado, que exige que América Latina retorne a su posición histórica de proveedora de materias primas sin interferencias regulatorias, sin nacionalismos molestos, sin constitucionalismos que pretendan subordinar los derechos del capital a proyectos locales o regionales.
Los datos de la CEPAL confirman la tendencia: la inversión extranjera directa (IED) que llega a la región en los últimos años está compuesta principalmente por reinversiones (en proyectos anteriores) e inversiones extractivas. La IED no llega para desarrollar capacidades industriales ni generar encadenamientos productivos complejos. La industrialización de América Latina ha sido clausurada en este ciclo del capitalismo global. Para eso ya está China. El capital global tiene sus propias geografías de acumulación y, en esta realidad, América Latina ha sido relegada a su función clásica: extracción de hidrocarburos y minerales.
Estamos hoy frente a un proceso disciplinante que es respuesta a las luchas sociales de principios del siglo XXI y a los gobiernos que, con todas sus contradicciones, intentaron construir márgenes de autonomía. Esos gobiernos dieron lugar a constituciones que reconocieron derechos de la naturaleza, establecieron prohibiciones al arbitraje internacional, reservaron sectores estratégicos al Estado. Ese «nuevo constitucionalismo latinoamericano», que otorgó un marco jurídico a las luchas de movimientos indígenas, campesinos y ambientalistas, está hoy bajo ataque. Y el arbitraje de inversiones es la punta de lanza: no es solo un mecanismo técnico: es un dispositivo de poder que blinda al capital de la regulación democrática, que convierte derechos de propiedad en derechos supraconstitucionales, que permite a las corporaciones demandar a los Estados por el despliegue de políticas públicas.
Ecuador: La batalla por el artículo 422
Ecuador construyó uno de los blindajes constitucionales más sólidos de la región contra el arbitraje. El artículo 422 de la Constitución de 2008 prohíbe tajantemente celebrar tratados que cedan jurisdicción soberana a instancias arbitrales internacionales. Fue la respuesta a una experiencia concreta de violencia jurídica del capital. Ecuador había sido demandado múltiples veces por petroleras y mineras que exigían cientos de millones en compensaciones por medidas regulatorias o ambientales. En 2009 se retiró del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (CIADI) y en 2017 el país terminó todos sus tratados bilaterales de protección de inversiones (TBI), cerrando así formalmente ese ciclo.
Pero el establishment económico no acepta derrotas permanentes. El gobierno de Daniel Noboa (empresario bananero, heredero de una de las fortunas más importantes del país) llamó en abril de 2024 a un referéndum que incluyó una pregunta para modificar el artículo 422 de la Constitución y volver a reconocer el arbitraje internacional. El 64,8%, sin embargo, votó por el «No». El pueblo ratificó el artículo 422 con memoria histórica viva. En noviembre de 2025 Noboa intentó algo más radical: convocar una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución bajo pretexto de la crisis de seguridad. El referéndum incluyó cuatro preguntas: bases militares extranjeras, eliminar financiamiento público a partidos, reducir asambleístas y la Constituyente. El pueblo dijo «No» a todo: 61,6% rechazó la Constituyente. Se trató de una derrota política para Noboa.
Pero mientras el pueblo ecuatoriano defendía su Constitución en las urnas, el gobierno de Noboa ya estaba construyendo la vuelta del arbitraje por tres vías paralelas. La primera fueron los contratos individuales con empresas extractivas que incluyen cláusulas de arbitraje. En agosto de 2023, la minera canadiense Dundee Precious Metals (hoy DPM) firmó un Acuerdo de Protección de Inversiones para el proyecto Loma Larga en Kimsakocha, que otorga estabilidad fiscal, exenciones tributarias y —elemento clave— acceso a arbitraje internacional con sede en Nueva York. Estos contratos confidenciales contradicen directamente la prohibición constitucional, otorgando privilegios que la violan. Cuando en octubre de 2025 el Estado revocó la licencia social del proyecto por conflictos comunitarios, Dundee quedó habilitada para demandar a Ecuador en Nueva York.
La segunda vía fue el TLC con Canadá, cerrado en febrero de 2025 tras seis rondas de negociación. Canadá es potencia minera global con siete empresas operando en Ecuador. Este acuerdo es particularmente preocupante porque las mineras canadienses son grandes usuarias del sistema de protección de inversiones, con 25 demandas arbitrales contra varios países latinoamericanos.
La tercera vía fue el TBI con Emiratos Árabes Unidos, firmado en diciembre de 2025, que incluye explícitamente arbitraje internacional. El gobierno espera que el acuerdo con Emiratos se traduzca en inversiones por entre 2000 y 3000 millones de dólares hacia 2027. El 31 de diciembre de 2025 remitió el tratado a la Corte Constitucional, pero el proceso se complicó por irregularidades y tecnicismos. La Corte debe decidir si el TBI se aprueba como está o si debe pasar por la Asamblea Nacional. Mientras tanto, se ha generado la lucha de los amicus curiae: mientras organizaciones de la sociedad civil y de la academia internacional presentaron más de 50 amicus a la Corte rechazando el TBI por su inconstitucionalidad, otras organizaciones económicas son favorables en sus presentaciones sobre el retorno al arbitraje, como la Cámara de Comercio de Guayaquil y la Asociación de Productores de Banano.
El caso ecuatoriano evidencia la contradicción central del régimen de protección de inversiones: cuando el pueblo vota dos veces contra el arbitraje, los grupos de poder simplemente cambian de estrategia. No necesitan ganar referéndums si pueden reescribir la Constitución mediante tratados, contratos confidenciales y acrobacias jurídicas en la Corte. La batalla por el artículo 422 no es solo sobre cláusulas legales: es sobre quién pone las reglas cuando las decisiones populares chocan con los intereses del capital transnacional.
«Bolivia no se vende» y el rechazo al arbitraje
Bolivia había construido un marco similar al ecuatoriano. En 2014 denunció todos sus TBI y se retiró del CIADI. La Constitución de 2009 estableció restricciones al arbitraje internacional, reservando sectores estratégicos como hidrocarburos y minería al control estatal. Era el legado institucional de las luchas por la nacionalización del gas y la «guerra del agua» entre 2000 y 2003. Sin embargo, el propio MAS en el gobierno sancionó en 2015 la Ley de Arbitraje y Conciliación, que abría puertas al arbitraje comercial, contrario al espíritu constitucional. La contradicción quedó latente durante años, mientras las inversiones extranjeras en actividades extractivas seguían fluyendo bajo otras formas contractuales.
En diciembre de 2025, el presidente recién asumido, Rodrigo Paz, promulgó un decreto que establecía un régimen especial de incentivos para grandes inversiones, copiando el Régimen de Incentivo de las Grandes Inversiones (RIGI) de la Argentina de Javier Milei. Este decreto ofrecía estabilidad jurídica, tributaria y cambiaria por 30 años, libre disponibilidad de divisas, y, lo más grave, incluía cláusulas de arbitraje internacional para resolver disputas con inversores. Era la vuelta completa al modelo que Bolivia había rechazado una década atrás, ahora impulsado por un gobierno que se reclamaba heredero del proceso de cambio.
Pero el movimiento social boliviano tiene memoria y capacidad de movilización, y las organizaciones campesinas, sindicatos, movimientos urbanos y sectores del propio MAS salieron a las calles bajo el lema «Bolivia no se vende». Las protestas fueron contundentes: bloqueos de carreteras, movilizaciones, cabildos abiertos donde se denunciaba que el decreto era una entrega del país al capital transnacional. La presión social fue tal que el gobierno no tuvo más opción que dar marcha atrás.
A las pocas semanas, Paz emitió un nuevo decreto que eliminaba las cláusulas de arbitraje internacional y modificaba sustancialmente el régimen de incentivos (Decreto 5516). Fue una victoria del pueblo en las calles. El RIGI boliviano fue derrotado con el método clásico del movimiento popular: movilización y presión directa. Queda por ver cuánto tiempo durará esa capacidad de resistencia ante un gobierno que, acorralado por la crisis económica, seguirá buscando formas de atraer inversión extranjera a cualquier costo.
Venezuela: reforma petrolera y vuelta al arbitraje
El caso venezolano es de una brutalidad suprema. Se requirió un ataque militar estadounidense y el secuestro del presidente Nicolás Maduro para garantizar el control norteamericano irrestricto sobre el petróleo y los minerales críticos de Venezuela. El 3 de enero de 2026, en una operación denominada «Determinación Absoluta», fuerzas especiales estadounidenses ingresaron a Caracas, bombardearon instalaciones estratégicas y capturaron a Maduro y a su esposa, trasladándolos a Nueva York. La operación dejó más de 100 muertos y colocó a Delcy Rodríguez como presidenta encargada bajo tutela directa de Washington.
Apenas semanas después de la captura de Maduro, la Asamblea Nacional venezolana (controlada por el chavismo, pero ahora funcionando bajo la presión de Trump) aprobó una reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos que desmantela el modelo instaurado por Hugo Chávez en 2006. La reforma de Chávez había nacionalizado el sector petrolero, obligando a que PDVSA (Petróleos de Venezuela, S.A) fuera accionista mayoritaria en todos los proyectos y expulsando a empresas como ExxonMobil y ConocoPhillips que se negaron a aceptar las nuevas condiciones. Esas empresas acudieron al arbitraje internacional y aún esperan cobrar miles de millones en compensaciones.
La nueva ley de hidrocarburos, firmada por Delcy Rodríguez el 29 de enero de 2026, revierte completamente ese modelo. Permite que empresas privadas, locales y extranjeras, operen campos petroleros por cuenta propia mediante contratos con PDVSA, incluso sin control accionario estatal. Flexibiliza el régimen de regalías, facilita la comercialización directa de crudo por operadores privados y, como elemento central, incorpora mecanismos de arbitraje internacional para resolver disputas contractuales. Es decir, reintroduce exactamente el arbitraje que Chávez había expulsado.
La reforma fue consultada con representantes de las empresas petroleras, como Chevron. Trump anunció simultáneamente la reapertura del espacio aéreo venezolano y el Departamento del Tesoro emitió la Licencia General 46 que autoriza a entidades estadounidenses a realizar transacciones con el sector petrolero venezolano. El paquete completo es claro: apertura total a la inversión extranjera, privatización de facto de PDVSA, arbitraje internacional como mecanismo de protección del capital y control estadounidense sobre los flujos financieros derivados de las exportaciones petroleras.
Delcy Rodríguez insiste en que la ley mantiene el «sello de la gestión de Chávez», en una ficción discursiva que apenas oculta la realidad: Venezuela ha sido devuelta por la fuerza al modelo de enclave petrolero privatizado que Chávez intentó superar.
El retorno disciplinador de la «seguridad jurídica»
Lo que está pasando en Bolivia, Ecuador y Venezuela es el intento de instalar un modelo que exige disciplina fiscal, contractual y social, la vuelta a la «seguridad jurídica» que exigen los inversores en un contexto de consolidación de la matriz extractivista y cierre definitivo del ciclo de los industrialismos desarrollistas. El mensaje del capital extranjero es que sin arbitraje no hay inversión, sin protecciones blindadas no hay flujo de capitales, sin subordinación de la soberanía estatal a tribunales privados no hay integración al mercado global.
Los tres casos muestran modalidades distintas del mismo proceso. En Ecuador, la vía es jurídico-institucional: rodear la Constitución mediante tratados internacionales, conseguir que la Corte Constitucional avale interpretaciones que vacían de contenido las prohibiciones constitucionales. En Bolivia, el intento fue más directo pero encontró resistencia social capaz de frenarlo temporalmente. En Venezuela, la modalidad fue la violencia militar cruda: cuando un gobierno no se subordina voluntariamente, se lo remueve por la fuerza y se impone un régimen tutelado que implementa las reformas que el capital exige.
En los tres casos, sin embargo, se pone en juego el mismo conflicto: ¿quién gobierna realmente? ¿Las constituciones aprobadas por pueblos movilizados o los tratados de inversión negociados entre élites técnicas y representantes del capital transnacional? Las experiencias de Ecuador, Bolivia y Venezuela en los últimos meses demuestran que, por ahora, las reglas del capital están recuperando terreno. Los últimos resabios del rechazo al arbitraje pelean por sus posiciones, pero lo hacen en un contexto regional e internacional profundamente adverso, donde la correlación de fuerzas se ha modificado sustancialmente a favor de la reimposición de las reglas del capital.