Ganz-Mavag de Hungría lanza un arbitraje contra España por bloquear su OPA sobre Talgo

Inarbitrio | 5 de Marzo, 2026

Ganz-Mavag de Hungría lanza un arbitraje contra España por bloquear su OPA sobre Talgo

El consorcio húngaro Ganz-Mavag que intentó hacerse con la industria de material ferroviario española Talgo mediante una oferta pública de adquisición en 2024 registró un procedimiento arbitral contra el Reino de España ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Suecia (SCC). El procedimiento ha optado por fijar la sede en Zúrich.

La OPA fracasó después de que el Gobierno, el 27 de agosto de 2024, y «previo informe desfavorable de la JINVEX» (Junta de Inversiones Exteriores), vetó la operación al amparo del régimen de control de inversiones extranjeras. Ese bloqueo es el que ha llevado al consorcio a acudir a un arbitraje internacional.

El Gobierno alegó además la seguridad nacional en su oposición terminante a la operación. Tras el bloqueo de la OPA, el consorcio húngaro inició acciones legales en España y a escala internacional argumentando un trato injusto. El Reino de España que hace frente a numerosos arbitrajes adversos por las renovables ha argumentado de forma reiterada su inmunidad soberana ante la ejecución de laudos afirmando además que la corte arbitral designada no tiene jurisdicción para conocer el asunto.

Este último argumento se basa en que se trata de un litigio entre partes de la UE, de un lado empresas húngaras como parte demandante y por otro, un Estado miembro de la UE, el Reino de España, como parte demandada. La solicitud inicial de arbitraje remitida por conducto diplomático a España el 29 de abril de 2025 fue rechazada precisamente sobre la base de los argumentos antes señalados.

La argumentación de Ganz-Mavag se apoya parcialmente en el Tratado de la Carta de la Energía afirmando que el consorcio forma parte de ese sector económico. Aunque su fundamentación es más extensa. España rechaza que haya arbitrajes entre estados miembros de la UE sobre la base de una doctrina adoptada por la CE, doctrina que sufre permanentes derrotas a escala internacional.

Para España las disputas entre partes en la UE deben ser resueltas en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, doctrina fijada por el TSJUE. Con independencia de esta doctrina la Abogacía del Estado sufrió un revés en este asunto de acuerdo con un auto del Supremo fechado el 29 de enero en el que se rechazó un recurso de reposición del Gobierno contra Ganz-Mavag que exigía tener acceso a documentación relacionada con el veto de su OPA.

Este último fallo rechaza el recurso presentado por el Abogado del Estado contra una providencia del pasado mes de diciembre, en la que se requería al Gobierno que pusiese a disposición de las distintas partes involucradas en la OPA toda la información que motivó la decisión de vetar la OPA, incluida la reservada y siempre excluyendo la elaborada por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

El recurso pedía, en concreto, que el consorcio húngaro no pudiese acceder a esa información, ya que uno de los motivos del Gobierno para prohibir que comprasen Talgo respondía a razones de «seguridad nacional».

Sin embargo, la otra parte, Pegaso Transportation International -sociedad formada por el fondo inglés Trilantic, la familia Oriol (fundadores de Talgo) y la familia Abelló, que controlaban el 40% del capital del fabricante de trenes y estaban dispuestos a vender su parte a Ganz Mavag- sí iba a poder acceder a la información.

«El derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de igualdad de armas entre las partes se menoscabarían respecto de la parte codemandada de impedírsele el acceso a unos documentos del expediente administrativo en los mismos términos y condiciones que las otras partes procesales sin que existan razones que lo justifique», argumenta el Supremo respecto a esa diferencia en el acceso a la información.


  Fuente: Inarbitrio